Devolución de Créditos erróneos producidos en la cuenta Nº 2510/46 Recaudación TGN


Los organismos de la Administración Nacional que realicen depósitos en la Cuenta 2510/46, y que resulten erróneos, se ajustarán al Procedimiento para la Devolución de Fondos de Terceros erróneamente acreditados en la Cuenta Única del Tesoro (Disposición Conjunta Nº 7/04 DE LA TESORERIA GENERAL DE LA NACION y Nº 30/04 DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de setiembre de 2004), conforme a la planilla Anexa al Artículo 1°, en el siguiente punto:

Anexo III

Devolución de importes correspondientes a casos de acreditaciones erróneas:

  • Producidas dentro del mismo ejercicio. Aplicado a: A) Cuenta bancaria 2510/46 “Recaudación TGN y otras recaudadoras de Fuente de Financiamiento 11 de Administración Central.
  • Producidas en ejercicios anteriores. Aplicado a: A) Cuenta bancaria 2510/46 “Recaudación TGN y otras recaudadoras de Fuente de Financiamiento 11 de Administración Central.

Procedimiento para la devolución de créditos erróneos - Anexo III

El requirente generará en el Sistema GDE una carátula de expediente con el código de trámite GENE00193 – "Devolución por acreditaciones erróneas" y completará y vinculará al mismo, el formulario FODAE "Solicitud de Devolución por acreditaciones erróneas", adjuntando en Archivos Embebidos los comprobantes de depósito o transferencias a la cuenta de la Tesorería General de la Nación 2510/46 u otras cuentas recaudadoras de Fuente de Financiamiento 11 de Administración Central y todos aquellos documentos que demuestren que se trata de una acreditación errónea. Alternativamente, la documentación respaldatoria mencionada anteriormente, puede incorporarse al expediente como Informe Gráfico.

Finalmente, realizará el pase del expediente a:

Repartición: TGN#MEC
Sector: EDTESOME

Consultas

Dirección de Administración de Cuentas Bancarias