Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (FUCO)


En el año 1947 se crea el Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (FUCO).

Normativa

Decreto 8586/1947: Creación del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (FUCO).

Decreto 6190/1965: Autorización para utilizar hasta el 100% del FUCO para cubrir necesidades transitorias del Tesoro Nacional.

Ley 24156: Se instituye un sistema de caja única o fondo unificado (art. 80).

Decreto 1344/2007: Reglamentación del Sistema de Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (art. 80).

Ley 11672

  • Facultad para realizar operaciones patrimoniales y contables para la liquidación del FUCO (art. 43).
  • Facultad para colocar disponibilidades del Tesoro Nacional derivadas o no del art. 80 de la Ley Nº 24.156 y del FUCO en el país o exterior, en cuentas, depósitos, títulos o valores dentro del ejercicio fiscal, ingresando el producido como recurso al Tesoro Nacional (art. 46).

Decreto 1108/2017: Modifica los arts. 6 y 7 del Decreto N° 8586/47.

Ley 27431: Integración del FUCO, excepción de la Cuenta Única del Tesoro.

Disposición 5/2023 TGN: Aprueba el "Instructivo del Proceso de Solicitud y cancelación del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (FUCO)".