Fondos Rotatorios


Trámite de creación y/o adecuación de fondo rotatorio

Circuito administrativo dentro del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)

1. El organismo solicitante inicia el trámite con la Caratulación del Expediente. Código de Trámite: "MHYF00000 - Solicitud de incremento y/o adecuación de fondos rotatorios".

2. El organismo genera un Informe (IF) en el módulo GEDO, adjuntando el borrador del proyecto de acto administrativo en formato Word. No se requiere firma digital.

3. El organismo realiza el pase del Expediente a la Dirección de Procesamiento Contable de la Contaduría General de la Nación (CGN):
• Repartición DPC#MEC
• Sector EDPROCON_MIG

4. Toman intervención la Dirección de Procesamiento Contable de la Contaduría General de la Nación y la Dirección Técnica de la Tesorería General de la Nación, mediante un Informe de Firma Conjunta (INFFC) que es incorporado al expediente y éste devuelto al organismo.

5. El organismo genera el acto administrativo (Resolución/Disposición) en el módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO), lo firma y lo vincula al expediente electrónico.

6. El organismo comunica el acto administrativo remitiendo el expediente electrónico nuevamente a la Dirección de Procesamiento Contable de la Contaduría General de la Nación:
• Repartición DPC#MEC
• Sector EDPROCON_MIG

7. La Dirección de Procesamiento Contable de la Contaduría General de la Nación y la Dirección Técnica de la Tesorería General de la Nación, toman conocimiento del acto y el expediente es devuelto al organismo.

Trámite de incremento de fondo rotatorio

Circuito administrativo dentro del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)

1. El organismo solicitante inicia el trámite con la Caratulación del Expediente. Código de Trámite: "MHYF00000 - Solicitud de incremento y/o adecuación de fondos rotatorios".

2. El organismo genera un Informe (IF) en el módulo GEDO firmado por el Secretario o Subsecretario de Coordinación Administrativa de la jurisdicción correspondiente o funcionario de nivel equivalente, expresando los motivos que justifiquen la solicitud del incremento, junto con un informe técnico que fundamente la diferencia resultante entre los gastos que se deben afrontar y el Fondo Rotatorio disponible. No se requiere firma digital.

3. El organismo realiza el pase del Expediente a la Dirección de Normas y Sistemas de la Contaduría General de la Nación:
• Repartición: DNYS MEC
• Sector: EDNORSIS

4. Toman intervención la Dirección de de Normas y Sistemas de la Contaduría General de la Nación y la Dirección Técnica de la Tesorería General de la Nación, mediante un Informe de Firma Conjunta (INFFC) que es incorporado al expediente y éste elevado en primer término, a la Subsecretaría de Presupuesto para su consideración.

6. Autorizado el incremento por la Secretaría de Hacienda, el expediente es remitido a la Dirección de Normas y Sistemas de la Contaduría General de la Nación para su devolución al organismo.

7. Con la autorización del incremento solicitado, el organismo iniciará el circuito descripto ut supra para la adecuación del fondo rotatorio.

Modelo de reglamento interno sobre el régimen de fondos rotatorios, fondos rotatorios internos y cajas chicas para tesorerías jurisdiccionales del Poder Ejecutivo Nacional

Con el propósito de implementar un modelo de reglamento que expusiera acabadamente las acciones, plazos y sectores responsables vinculados con el Régimen de Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, la Tesorería General de la Nación se abocó a su desarrollo definiendo las pautas de acción y lineamientos operativos, conducentes a la estandarización de dicho proceso en las Tesorerías Jurisdiccionales. Se evitó definir restricciones, limitaciones y mecanismos operativos excesivamente específicos, o que respondieran a particularidades propias de un reducido grupo de organismos, que en alguna medida pudieran dificultar, entorpecer o condicionar el adecuado uso de los Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas.

Por otra parte, como consecuencia de la emisión de la Resolución 101 del 14 de junio de 2017 de la Secretaría de Hacienda, por la cual se dispuso la implementación progresiva de Tarjetas de Compra Corporativas en los organismos dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, devino conveniente y necesario para una adecuada instrumentación y despliegue del nuevo medio de pago, la definición del circuito operativo vinculado al mismo, incorporándolo al modelo de reglamento interno.

Es por ello entonces que, a los efectos del dictado del propio reglamento interno de funcionamiento del Fondo Rotatorio, con base en las definiciones expuestas en el referido modelo de reglamento interno, cada organismo deberá considerar su propia estructura organizativa, características específicas de funcionamiento, complejidad operativa y distribución geográfica, a fin de establecer el circuito óptimo más adecuado a su realidad institucional.